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5.4.1 Viajes, manutención, alojamiento y asistencia a órganos colegiados o sociales.


Información actualizada a mayo de 2022.

 

Ejercicio 2021.

Al objeto de dar cumplimiento a los Indicadores de la Ley Canaria de Transparencia (Ley 12/2014, de 26 de diciembre) el Excmo. Ayuntamiento de Icod de los Vinos informa de los importes por viajes, manutención, alojamiento y asistencia a órganos colegiados o sociales, que se han llevado a cabo durante el ejercicio 2021 conforme a los datos contables que obran en el sistema contable del Ayuntamiento.

 

Conforme al Pleno extraordinario de 2 de julio de 2019 se consignó las siguientes cantidades por asistencia a comisiones informativas y sesiones plenarias de los concejales sin funciones de gobierno:

 

-Asistencia a comisiones informativas: 103,00 euros

-Asistencia a Plenos de la corporación: 112,00 euros.

 

El Alcalde-Presidente y los Concejales con delegaciones no percibirán cantidad alguna por asistencia a comisiones informativas, juntas de gobierno y sesiones plenarias.

El gasto autorizado por asistencia a Comisiones Informativas y Sesiones plenarias durante el año 2021 ascendió a la cantidad de 19.122,00 €.

Por asimilación las dietas por alojamiento y manutención a los miembros de la corporación y personal del Ayuntamiento será la designada por el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición final cuarta del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, se revisa el importe de las dietas en territorio nacional establecidas en el anexo II del mismo:

 

Clasificación de personal

Grupo 1. Altos cargos incluidos en los artículos 25, 26 y 31.dos de la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, Oficiales Generales, Magistrados del Tribunal Supremo y Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia, Embajadores, Ministros Plenipotenciarios de primera clase, Rectores de Universidad, Subdirectores generales y Subdirectores generales adjuntos, así como cualquier otro cargo asimilado a los anteriores. En el supuesto de los Subdirectores generales adjuntos, la asimilación será acordada, en su caso, conjuntamente por los Ministerios de Hacienda y de Administraciones Públicas.

Grupo 2. Personal Militar de las Fuerzas Armadas y personal de los Cuerpos de la Guardia Civil y Nacional de Policía clasificados a efectos retributivos en los grupos A y B; Cuerpos únicos de las Carreras Judicial y Fiscal, Secretarios de la Administración de Justicia, Médicos Forenses, y Técnicos Facultativos; funcionarios de la Administración del Estado de Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos A y B, así como cualquier otro personal asimilado a los anteriores.

Grupo 3. Personal Militar de las Fuerzas Armadas y personal de los Cuerpos de la Guardia Civil y Nacional de Policía clasificados a efectos retributivos en los grupos C y D; Oficiales, Auxiliares y Agentes, y personal de sus mismos índices multiplicadores, al servicio de la Administración de Justicia; funcionarios de la Administración del Estado de Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos C, D y E, así como cualquier otro personal asimilado a los anteriores.

 

El gasto autorizado por Viajes, manutención y alojamiento de cargos electos en realización de sus funciones ascendió en el año 2021 a la cantidad de 632,87 €.

 

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